Descanso médico: Los documentos que debe presentar para que sea válido
- AmCham Perú
- hace 2 días
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Escribe: Daniel Seclen Parraguez

El descanso médico laboral es un derecho amparado por la normativa peruana que busca garantizar la estabilidad del trabajador mientras atraviesa un proceso de recuperación por enfermedad o accidente.
Durante el tiempo que dure el descanso, el trabajador se ausenta de sus labores por motivos de salud, lo cual se debe encontrar sustentado con un certificado médico. Puede deberse a enfermedad, accidente o una condición médica que requiera reposo o tratamiento. Para esto, es importante presentar la documentación necesaria para solicitarlo.
¿Qué se debe tomar en cuenta para que el descanso sea válido?
En primer lugar, hay que tener en cuenta que el trabajador tiene derecho a descanso por enfermedad o accidente, presentando un certificado médico expedido por un profesional habilitado (que tenga colegiatura y se encuentre registrado), con diagnóstico y días de descanso indicados.
El abogado Jorge Luis Acevedo, socio principal del estudio Benites, indica que no existe una norma específica sobre el plazo para presentar el certificado médico, pero se recomienda hacerlo lo antes posible, dentro de 24 a 48 horas de haber recibido el descanso, aunque el Reglamento Interno de Trabajo puede establecer otros plazos.
“Generalmente, eso se regula en el Reglamento Interno de Trabajo. Evidentemente, cuando hay una persona muy enferma o un accidente casi fatal, la persona está incapacitada para incluso pedir el certificado, porque está siendo atendido. Pero, en la mayoría de los casos, los trabajadores tienen ya el certificado al mismo día. Para presentarlo, puede hacerlo por vía virtual o por correo electrónico”, indicó.
Germán Lora, abogado laboralista de Danma Legal Advisor, añadió que este documento se puede presentar ante el área de Recursos Humanos o con la asistenta social en empresas grandes.
“Generalmente, se presenta a través de recursos humanos o a través del área de asistenta social donde hace ese trámite. En empresas de más de 100 trabajadores hay una asistenta social”, precisó.
Sin embargo, el descanso médico presentado por la vía regular, solo es por máximo 20 días, donde el empleador le paga su sueldo correspondiente a los días que presente el descanso.
A partir del día 21, el empleador puede solicitar el reembolso del pago al Seguro Social (EsSalud). Para ello, el trabajador debe canjear su certificado médico privado por un Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo emitido por EsSalud. Si no se realiza este canje, el empleador no podrá solicitar el subsidio y dejará de pagarle al empleado por ese concepto.
“Si no lo hace, el empleador no va a desconocer su descanso, pero no le va a pagar el subsidio. Entonces, el trabajador va a estar con descanso médico, pero no va a recibir nada. Cuando el trabajador va a hacer el canje del certificado de incapacidad temporal, no solo le van a pedir el descanso médico original legible, donde esté el diagnóstico, la firma del médico, la especialidad. Si no, también le van a pedir las indicaciones médicas, el reporte operatorio. Y si fue un accidente laboral, también te piden un examen de diagnóstico”, indicó César Puntriano, abogado laboralista y socio del Estudio Muñiz.
Este trámite se realiza independientemente de si la atención fue en clínica privada o un establecimiento de salud estatal. Asimismo, el periodo máximo que se le da al trabajador con este subsidio de EsSalud es de 340 días (11 meses y 10 días). Este se puede realizar en el policlínico o el hospital donde el empleado se atiende, ya que en cada entidad de salud hay una oficina encargada de las prestaciones económicas para los asegurados.
Cuando el descanso supera los 150 días
Aquí hay dos escenarios:
Si el descanso supera los 150 días, EsSalud evalúa si la incapacidad es permanente mediante una Junta Médica.
Si se determina que no es temporal, el subsidio se corta al día 180 (30 días después de la evaluación).
Si la Junta determina que sí puede continuar, el trabajador puede recibir subsidio hasta los 340 días, tras lo cual también cesa.
Incapacidad permanente
Si se determina incapacidad permanente y absoluta (como coma permanente), se tramita una pensión por incapacidad, sin límite de edad, cumpliendo el mínimo de aportes.
En caso de incapacidad permanente no absoluta, el trabajador puede regresar a labores. Sin embargo, EsSalud no siempre especifica si es absoluta o no, lo que genera incertidumbre sobre el procedimiento exacto, situación que suele manejarse mediante negociación o reubicación.
Según el abogado Jorge Luis Acevedo: “La empresa debe intentar reubicar al trabajador en un puesto compatible. Si no es posible, se debe tramitar la verificación de incapacidad ante el Colegio Médico, ya que no existe un procedimiento claro en EsSalud o el Ministerio de Salud para estos casos.”
Y agrega: “No hay un procedimiento en salud ni en el Ministerio de Salud, que permita que ellos corroboren una incapacidad permanente.”
Límites acumulados del subsidio
El máximo subsidiado por episodio es 340 días consecutivos.
El total acumulado en la vida laboral es 540 días, no necesariamente continuos.
El trabajador o el empleador pueden iniciar el trámite en EsSalud.